Subastas de Hacienda (Agencia Tributaria): cómo funcionan
Hacienda subasta en el Portal del BOE lo que embarga por deudas tributarias. Sus reglas no son las de los juzgados: depósito más bajo, sin precio mínimo y adjudicación casi segura. Te explicamos cómo funcionan y qué dicen los datos de 6.835 viviendas.
La Agencia Tributaria (AEAT) es, después de los juzgados, quien más subasta en España. Lo hace en el mismo Portal de Subastas del BOE, así que a primera vista parecen iguales. No lo son: el depósito, el precio mínimo y lo que pasa al cerrar la puja siguen reglas propias, las del Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005), y eso cambia mucho cómo conviene pujar.
Las subastas de Hacienda se pujan en el Portal de Subastas del BOE durante 20 días naturales. Para entrar hay que depositar el 5 % del tipo si hay inmuebles o el 10 % si son solo muebles. Si la mejor oferta llega al 50 % del tipo, se adjudica; si no, la Mesa decide sin precio mínimo. El ganador paga el resto en 15 días desde la notificación.
Qué subasta Hacienda y dónde verlo
Bienes embargados a deudores de impuestos: viviendas, fincas rústicas, garajes, locales y vehículos, entre otros. Cada subasta se anuncia en el BOE y se abre en el Portal de Subastas al menos 24 horas después (art. 101.3 del reglamento). El 25 de octubre de 2026 había 298 subastas abiertas de la Agencia Tributaria: 73 fincas, 68 viviendas, 52 garajes, 52 vehículos, 24 locales y el resto naves, trasteros y otros bienes. Puedes verlas en el listado de subastas de la Agencia Tributaria.
Las reglas, una a una
El depósito: 5 % o 10 %
Para pujar hay que constituir un depósito del 5 % del tipo si el lote tiene al menos un inmueble, o del 10 % si son solo bienes muebles (art. 103 bis.1). En los juzgados es del 20 % en inmuebles: con Hacienda se entra con mucho menos dinero inmovilizado.
Al pujar puedes pedir que tu depósito quede reservado: si el ganador no paga, el bien puede adjudicarse al siguiente con reserva. Si pujas por igual o menos que la oferta más alta, la reserva es automática (art. 103 bis.2 y 103 bis.3).
La puja mínima y el cierre
La puja mínima es el 10 % del tipo, salvo que el bien tenga cargas iguales o superiores al 25 % de su valoración (art. 104.3). Se admiten pujas por encima, igual o por debajo de la más alta, y la subasta no se cierra hasta una hora después de la última puja, con un máximo de 24 horas de prórroga (art. 104.3).
La regla del 50 %
Cerrada la puja, la Mesa se reúne en un máximo de 15 días naturales (art. 104 bis.1):
- Si la mejor oferta es igual o superior al 50 % del tipo, adjudica al mejor postor.
- Si es inferior al 50 %, la Mesa decide, atendiendo al interés público y sin precio mínimo, si la oferta es suficiente o declara la subasta desierta.
No hay plazo para que el deudor presente a un tercero que mejore, como en los juzgados. Lo que sí puede hacer el deudor es pagar la deuda y liberar el bien antes de que se emita el acta de adjudicación (art. 104.4).
El pago: 15 días
El adjudicatario paga la diferencia entre su oferta y el depósito en los 15 días siguientes a la notificación. Si no paga, pierde el depósito y responde de los perjuicios (art. 104 bis.3.b). Si el anuncio lo prevé, el pago puede hacerse el mismo día en que se firma la escritura pública de venta (arts. 101.4.f y 111.1).
Qué dicen los datos: Hacienda frente a los juzgados
Con los certificados de cierre de las subastas del BOE desde 2016, la diferencia es enorme. Datos del informe claves del remate de Subastum:
| Quién subasta y qué | Subastas | Adjudicadas | Remate |
|---|---|---|---|
| Hacienda, viviendas | 6.835 | 89,5 % | 54,5 % |
| Juzgados, viviendas | 102.663 | 37,2 % | 62,0 % |
| Hacienda, todos los inmuebles | 31.320 | 88,2 % | 46,0 % |
| Juzgados, todos los inmuebles | 142.944 | 38,5 % | 60,0 % |
| Hacienda, vehículos | 2.488 | 99,6 % | 108,2 % |
| Juzgados, vehículos | 4.842 | 94,1 % | 70,0 % |
«Remate» es el remate mediano en porcentaje del valor de subasta. Tres lecturas:
- En Hacienda casi todo se adjudica: 9 de cada 10 viviendas, frente a menos de 4 de cada 10 en los juzgados. Sin precio mínimo, la Mesa puede aceptar ofertas bajas; en un juzgado, por debajo del 70 % se abren otros trámites (art. 670 LEC).
- En inmuebles, la mitad de las veces se paga el 54,5 % del valor o menos, unos 7,5 puntos por debajo de los juzgados. En el conjunto de inmuebles, fincas incluidas, la mediana baja al 46 %.
- Con vehículos pasa lo contrario: la mediana supera el valor de subasta (108,2 %). Con coches, el valor de subasta de Hacienda suele quedarse corto frente a lo que se acaba pagando. Lo vemos en la guía de cómo comprar un vehículo en subasta.
Un ejemplo con números
Una vivienda de 75 m² en la Región de Murcia sale a subasta de Hacienda con un tipo de 100.000 €:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Depósito (5 %, hay un inmueble) | 5.000 € |
| Puja mínima (10 % del tipo) | 10.000 € |
| Oferta que la Mesa adjudica sin discutir (50 %) | 50.000 € |
| Oferta al remate mediano de las viviendas de Hacienda (54,5 %) | 54.500 € |
| Resto a pagar en 15 días si ganas con 54.500 € | 49.500 € |
Con 54.500 €, la calculadora de Subastum suma el ITP de Murcia (7,75 %, 4.224 €), el Registro, la gestoría y la toma de posesión: entre 59.245 y 64.062 € de coste total, antes de reforma y de posibles cargas. El margen superior incluye un posible desalojo si la vivienda está ocupada; compruébalo con nuestra guía de cómo visitar un inmueble en subasta.
Errores típicos con las subastas de Hacienda
- Pujar «al mínimo» confiando en la regla del 50 %. Por debajo del 50 % la Mesa puede declararla desierta; no hay derecho a la adjudicación.
- Olvidar las cargas que subsisten. El anuncio las expresa (art. 101.4.e), pero conviene una nota simple actualizada. Te lo explicamos en cargas en las subastas.
- No tener el dinero a los 15 días. Perder el depósito del 5 % duele menos que el 20 % del juzgado, pero también se pierde.
- Confundir el tipo con el valor de mercado. El tipo lo fija Hacienda con su valoración (art. 97); mira el €/m² de la zona en los informes.
Checklist
- ¿Tengo alta y certificado o Cl@ve para pujar en el Portal de Subastas del BOE?
- ¿Sé si el lote lleva algún inmueble (depósito del 5 %) o solo muebles (10 %)?
- ¿He leído las cargas que subsisten y pedido la nota simple?
- ¿He decidido si quiero reservar el depósito para optar a la adjudicación si el ganador no paga?
- ¿Tengo el resto del precio para pagarlo en 15 días?
- ¿He calculado el coste total con el ITP de mi comunidad?
Preguntas frecuentes
¿Dónde se pujan las subastas de Hacienda?
En el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, solo de forma electrónica, durante 20 días naturales desde su apertura (arts. 101 y 104 del Reglamento General de Recaudación).
¿Cuánto depósito hay que poner en una subasta de Hacienda?
El 5 % del tipo si el lote incluye algún inmueble y el 10 % si son solo bienes muebles, como vehículos (art. 103 bis).
¿Hay precio mínimo en las subastas de Hacienda?
No en sentido estricto. Con una oferta del 50 % del tipo o más, la Mesa adjudica; por debajo, decide si la oferta es suficiente o declara la subasta desierta, sin precio mínimo (art. 104 bis.1).
¿Cuánto tiempo hay para pagar?
15 días desde que te notifican la adjudicación. Si no pagas, pierdes el depósito.
¿Se pueden ver los bienes antes de pujar?
El anuncio indica dónde están los bienes y los días y horas en que pueden examinarse (art. 101.4.a). Llama al contacto de la delegación que figura en el anuncio.
¿Qué pasa si una subasta de Hacienda queda desierta?
Hacienda puede acudir a la adjudicación directa, que se anuncia en su sede electrónica y admite ofertas por vía telemática; si no se alcanza el precio de referencia, el bien puede adjudicarse sin precio mínimo (art. 107).
Siguientes pasos
- Mira las subastas de la Agencia Tributaria abiertas hoy.
- Compara con los juzgados en Hacienda frente a judiciales.
- Repasa cómo pujar en el Portal del BOE paso a paso.
- Calcula el coste total y revisa impuestos y gastos.
Guía informativa; no constituye asesoramiento fiscal ni jurídico. Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005), arts. 97, 101, 103 bis, 104, 104 bis y 107, y Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 669.1 y 670, según su texto consolidado en el BOE a 25 de octubre de 2026. Datos de Subastum: certificados de cierre del Portal de Subastas desde 2016 y recuento de activas del 25-10-2026.