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Subastas de la Seguridad Social: cómo funcionan y cómo pujar

Las subastas de la Tesorería General de la Seguridad Social no se pujan en el Portal del BOE: se presentan en sobre cerrado con un cheque del 25 % y se resuelven en un acto en la Dirección Provincial. Te explicamos las reglas, los plazos y qué se subasta, con datos de hoy.

· 9 min de lectura

Cuando alguien deja de pagar cuotas a la Seguridad Social, la Tesorería General (TGSS) embarga sus bienes y, si la deuda no se salda, los subasta. Son subastas públicas como las de los juzgados o Hacienda, pero con un procedimiento propio que pilla por sorpresa a quien viene del Portal del BOE: no se puja por internet durante veinte días, sino con un sobre y un cheque.

Las subastas de la Seguridad Social se rigen por el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RD 1415/2004). Se puja en sobre cerrado, entregado en la Dirección Provincial que lleva el expediente, con un cheque del 25 % del tipo; el día de la subasta se abren los sobres tras una ronda de pujas en voz alta. Quien gana paga el resto en cinco días hábiles.

Qué subasta la Seguridad Social

Todo lo que se embarga a un deudor de la Seguridad Social: viviendas, locales, garajes, fincas, naves y, sobre todo, vehículos. Los anuncios se publican en el tablón de la sede electrónica de la Seguridad Social (art. 117.1 RD 1415/2004), y en Subastum los leemos cada día y los mostramos junto a los del BOE.

La foto del 25 de octubre de 2026 muestra cuánto pesan en el total de subastas activas:

Tipo de bienSeguridad SocialTodas las activasPeso
Vehículos15823866 %
Viviendas14586517 %
Fincas6621531 %
Garajes6017035 %
Locales4212334 %
Trasteros183453 %
Naves164833 %
Otros bienes8610780 %
Total5921.80333 %

Una de cada tres subastas abiertas en España es de la Seguridad Social, y dos de cada tres de vehículos. Si solo miras el Portal del BOE, te pierdes buena parte de la oferta. Puedes ver las de hoy en el listado de subastas de la Seguridad Social.

Cómo se puja, paso a paso

1. Lee el anuncio completo

El artículo 117.2 del reglamento obliga a que el anuncio diga el tipo de subasta, dónde y cuándo pueden examinarse los bienes, las cargas que subsisten, el plazo para presentar ofertas y el lugar, día y hora del acto. Es tu único documento: la Tesorería no te dará otros títulos que los del expediente (art. 117.2.a).

2. Prepara el sobre y el cheque

Hasta el día hábil anterior a la subasta se entrega, en la sede de la Dirección Provincial que tramita el expediente, un sobre cerrado por cada bien o lote. Dentro va copia del DNI (o del documento de identidad si eres extranjero), la acreditación si actúas en nombre de otro y el importe de tu oferta firmado. Con él se entrega un cheque certificado, visado o conformado a nombre de la Tesorería por el 25 % del tipo (art. 118.1 a 118.3). Ojo: la Dirección Provincial es la que tramita, que no siempre está en la provincia donde está el bien.

3. El acto de la subasta

El día señalado, la mesa lee los bienes y las condiciones. Si llega alguien sin sobre, puede entrar si deposita en el acto el 30 % del tipo, y su postura de partida será el 75 % (art. 120.2). Primero se puja de viva voz, desde el 75 % del tipo y con saltos de al menos el 2 % del tipo; después se abren los sobres y gana la oferta más alta. A igualdad, gana el sobre y, entre sobres, el primero en registrarse (art. 120.3 y 120.4).

4. Si no hay pujas en voz alta

Se abren los sobres y se aprueba el remate a la mejor oferta si supera el 60 % del tipo, o si, siendo menor, cubre toda la deuda con recargos, intereses y costas; en inmuebles, nunca por debajo del 25 % (art. 120.5.a). Si la mejor oferta no llega al 75 % ni cubre la deuda, el deudor tiene tres días hábiles para presentar a un tercero que la mejore (art. 120.5.c).

5. Pagar y esperar el tanteo

Quien gana paga la diferencia entre su oferta y el depósito en los cinco días hábiles siguientes; si no, pierde el depósito (art. 117.2.g). Además, la Tesorería puede ejercer el derecho de tanteo en un máximo de 30 días: se queda el bien y te devuelve lo pagado (art. 121). Después emite el certificado de adjudicación, que sirve para inscribir el inmueble en el Registro y cancela las cargas posteriores al embargo (art. 122).

Un ejemplo con números

Tomemos una vivienda real que la Seguridad Social subastaba en octubre de 2026 en Llanera (Asturias), con un tipo de 175.068 €:

ConceptoImporteRegla
Cheque para pujar en sobre43.767 €25 % del tipo
Depósito para pujar en el acto sin sobre52.521 €30 % del tipo
Salto mínimo entre pujas en voz alta3.501 €2 % del tipo
Puja de partida en voz alta131.301 €75 % del tipo
Oferta en sobre que se aprueba sin pujas en voz altamás de 105.041 €más del 60 % del tipo

Si te la adjudicas por 105.100 €, la calculadora de Subastum suma con el ITP de Asturias (8 %), el Registro, la gestoría y la toma de posesión un coste de entre 114.000 y 118.900 €, sin contar reforma ni cargas. De ese total, tendrías que tener disponibles los 43.767 € del cheque desde antes de la subasta y el resto, unos 61.300 €, en cinco días hábiles: no da tiempo a tramitar una hipoteca desde cero. Repasa las opciones en cómo financiar una compra en subasta.

En qué se diferencia de las subastas del BOE

ReglaSeguridad SocialJuzgados (BOE)Hacienda (BOE)
Cómo se pujaSobre cerrado y acto presencialElectrónica, 20 días naturalesElectrónica, 20 días naturales
Depósito25 % (30 % en el acto)20 % en inmuebles, 10 % en muebles5 % inmuebles, 10 % muebles
Plazo para pagar el resto5 días hábiles20 días en inmuebles, 10 en muebles15 días
El deudor puede presentar un tercero que mejore3 días hábiles10 días—

«—»: el reglamento de Hacienda no prevé ese trámite; en todos los casos el deudor puede liberar el bien pagando la deuda antes de la adjudicación. Fuentes: RD 1415/2004, arts. 117, 118 y 120; Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 647.1, 649.1, 650.1, 669.1, 670.1 y 670.3; Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005), arts. 101.4, 103 bis y 104.2. En el BOE, el depósito y los plazos los puede ajustar el anuncio de cada subasta: léelo siempre.

Ojo con la fecha del procedimiento. Las reglas de los juzgados que citamos son las de la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, que solo se aplica a las ejecuciones iniciadas desde el 3 de abril de 2025 (disposición transitoria novena). En las subastas de procedimientos anteriores, que todavía salen, rigen las reglas previas: por ejemplo, un depósito del 5 % y 40 días para pagar el remate. Mira siempre el depósito que indica el anuncio de cada subasta en el Portal.

Dos consecuencias prácticas: la de la Seguridad Social pide más dinero por adelantado y pagar antes, y te obliga a ir en persona o con representante a la Dirección Provincial. A cambio, ese trámite presencial echa para atrás a parte de los postores que sí pujan en el Portal del BOE desde casa.

Lo que conviene comprobar antes

  • Cargas que subsisten. El anuncio debe decir qué cargas quedan (art. 117.2.b). Contrástalo con una nota simple. Te explicamos cómo en cargas en las subastas.
  • Ocupación. El anuncio dice dónde y cuándo se pueden examinar los bienes. Si no, sigue los pasos de cómo visitar un inmueble en subasta.
  • Si es primera o segunda subasta. En segunda, la oferta en sobre se aprueba si supera el 50 % del tipo (art. 120.7.a).
  • Vehículos. Mira el año de primera matriculación y pide el informe de la DGT antes de ofertar.

Checklist

  • ¿He leído el anuncio entero y sé qué Dirección Provincial tramita?
  • ¿Tengo el cheque certificado o conformado por el 25 % del tipo a nombre de la Tesorería?
  • ¿He entregado el sobre antes del día hábil anterior a la subasta?
  • ¿Sé hasta dónde subiré en voz alta, de 2 % en 2 % del tipo?
  • ¿Tengo el resto del dinero para pagarlo en cinco días hábiles?
  • ¿He calculado el coste total con impuestos y posibles cargas?

Preguntas frecuentes

¿Las subastas de la Seguridad Social se pujan por internet?

No como las del BOE. Las ofertas se presentan en sobre cerrado en la Dirección Provincial que tramita el expediente y la subasta se resuelve en un acto presencial con pujas en voz alta y apertura de sobres (arts. 118 y 120 del RD 1415/2004).

¿Cuánto depósito piden?

El 25 % del tipo de subasta, mediante cheque certificado, visado o conformado a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social. Si te presentas el día del acto sin sobre, el 30 %.

¿Por cuánto se puede ganar una subasta de la Seguridad Social?

Si no hay pujas en voz alta, se aprueba la mejor oferta en sobre que supere el 60 % del tipo, o menos si cubre toda la deuda; en inmuebles, nunca por debajo del 25 %. En segunda subasta el umbral baja al 50 %.

¿Qué es el derecho de tanteo de la Tesorería?

La Tesorería puede quedarse el bien adjudicado en un plazo máximo de 30 días, antes de emitir el certificado de adjudicación o la escritura. Si lo hace, te devuelve el depósito y lo que hubieras pagado (art. 121).

¿Qué pasa si no pago el resto a tiempo?

Pierdes el depósito. El plazo es de cinco días hábiles desde la adjudicación (art. 117.2.g).

Siguientes pasos

Guía informativa; no constituye asesoramiento jurídico. Normas citadas según su texto consolidado en el BOE a 25 de octubre de 2026: RD 1415/2004 (Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social), Ley de Enjuiciamiento Civil y RD 939/2005 (Reglamento General de Recaudación). Recuento de subastas activas de Subastum del 25-10-2026. Las condiciones de cada subasta son las de su anuncio oficial.

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