(continuación) Según las Condiciones Particulares de la Subasta Conforme al Art.…
📝 Descripción
(continuación) según las condiciones particulares de la subasta conforme al art. 647.2 de la LEC. Sólo el ejecutante o los acreedores posteriores podrán hacer la postura reservándose la facultad de ceder el remate a tercero según el art. 647.3 de la LEC. Cuando se siga el procedimiento por deuda garantizada con hipoteca sobre establecimiento mercantil el edicto que se publique en el portal de subastas indicará que el adquirente queda sujeto a la Ley de arrendamientos urbanos aceptando en su caso el derecho del arrendador a elevar la renta por cesión de contrato según el art. 691.3 de la LEC. El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando haya licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieran, sin necesidad de consignar cantidad alguna según el art. 647.2 de la LEC. La subasta electrónica se rige por las reglas de los artículos 648 y 649 de la LEC. El destino de los depósitos para pujar y la quiebra de la subasta se rige conforme a los artículos 652 y 653 de la LEC. La certificación registral y en su caso la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan sujetos a publicidad registral será facilitada a los interesados de forma continua y actualizada por el respectivo Registro de la propiedad al portal de subastas del BOE según el art. 667.2 de la LEC. No se facilitará acceso a los interesados en la subasta a la certificación registral en sede judicial, salvo las partes personadas previamente en autos con letrado que le asista y procurador que le repres